martes, 16 de febrero de 2016

ESPACIO "MENTE ABIERTA".....GUSTAVO TORRENS


El “voto joven” en las elecciones legislativas de 2013 



¿Quiénes pueden votar en un régimen democrático? La respuesta a esta pregunta ha variado según el contexto histórico y geográfico. Durante prácticamente la mitad del siglo veinte en Argentina las mujeres no pudieron votar, al tiempo que en los estados del sur de Estados Unidos la población negra encontraba dificultades para hacerlo. No fue sin mucha controversia que ambos grupos pudieron ejercer su derecho al voto en los años que siguieron. La sanción de la ley 26.774 en octubre de 2012, que significó la ampliación del derecho al voto en las elecciones nacionales a los jóvenes de 16 y 17 años, reavivó el debate sobre las condiciones necesarias para contar con la posibilidad de votar. Esta innovación legislativa puso a Argentina en el selecto grupo de países y regiones que permiten votar a los ciudadanos de 16 y 17 años. Brasil, desde 1988, y Ecuador, desde 2007, son los únicos otros países del continente sudamericano que cuentan con legislación similar. En Europa, solamente Austria, desde 2007, habilita a los ciudadanos mayores de 16 años de edad a votar en elecciones nacionales. Más recientemente, en el referendum por la independencia llevado a cabo en Escocia en septiembre de 2014 también pudieron votar los jóvenes de 16 y 17 años,

La ley sancionada por el Congreso de la Nación solo tiene efecto sobre las elecciones nacionales ya que las disposiciones respecto de las elecciones provinciales y municipales son de competencia provincial. Así, en los meses que siguieron a la aprobación de la ley 26.774 distintas provincias decidieron ampliar el derecho al voto a los ciudadanos de 16 y 17 años de edad. Al día de hoy (enero de 2016) un total de 20 distritos han introducido dicha medida: solamente en Córdoba, Corrientes, Santa Fe y Tucumán los jóvenes de 16 y 17 años no están autorizados a votar en las elecciones provinciales y municipales.

Otro aspecto importante de la ley 26.774 -y que también está presente en las distintas leyes provinciales- es el caracter voluntario del voto para los ciudadanos de 16 y 17 años. Es así que hoy en día hay dos grupos de ciudadanos con derecho al voto que hoy en día no están obligados a ejercerlo: los jóvenes de 16 y 17 años y los mayores de 70 años. 



A pesar del debate, poco se ha estudiado acerca de la implementación del “voto joven” en nuestro país. En esta breve nota se busca describir las características principales de esa experiencia. Para ello se hará uso de información que fuera provista oportunamente por la Cámara Nacional Electoral. En particular, se han obtenido datos de participación por mesa, edad y género para los distritos de Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe en las elecciones generales de octubre de 2013 - las primeras elecciones generales en las cuales la ley 26.774 estuvo en vigencia. Asimismo se han combinado estos datos con información proveniente del Censo de Población 2010.

Los patrones de participación

De acuerdo a datos provistos por el Ministerio del Interior, en las elecciones legislativas de 2013 estuvieron habilitados para votar 592.344 jóvenes de 16 y 17 años, que representaron aproximadamente el 1,9% del padrón electoral nacional. En el cuadro 1 presentamos los datos de los distritos para los cuales poseemos datos provistos por la Cámara Nacional Electoral. En ellos el total de electores empadronados de 16 y 17 años fue de 324.636, que se compara con un padrón electoral de más de 18,2 millones de personas – un 1,8% del total.

Cuadro 1

Electores, votantes y participación en las elecciones legislativas 2013



Fuente: estimaciones en base a datos de la Cámara Nacional Electoral

En cuanto a la participación en las elecciones del 27 de octubre de 2013, el 50,31% de los electores de 16 y 17 años se presentaron a las urnas, en porcentajes practicamente idénticos para ambas edades. Teniendo en cuenta que los electores solamente representaban aproximadamente un 40% de los jóvenes de ese grupo de edad, la participación se reduce a apenas el 20,4% del las personas que tenían 16 y 17 años de edad al día de las elecciones. En particular, solamente el 10,9% de los jóvenes de 16 años votaron, mientras que el 29,2% de los jóvenes de 17 años hicieron lo mismo. De todas maneras, la participación de los empadronados fue mayor que la del otro grupo de votantes exentos de la obligatoriedad del voto – los mayores de 70 años.

Los datos que poseemos nos permiten asimismo trazar la trayectoria de la participación electoral en función de la edad. En el gráfico 1 presentamos el porcentaje de electores empadronados que efectivamente votaron, por edad y género. El efecto de la obligatoriedad del voto entre los 18 y los 69 años de edad emerge claramente en la imagen. Allí se puede observar como dentro de ese intervalo la participación es alta (86,73% del padrón), en particular para las mujeres – con porcentajes que superan el 90% en varios tramos. A partir de los 70 años de edad hay una caída constante en la participación electoral, que pasados los 90 años de edad es inferior al 10%.

Gráfico 1



Los datos provistos por la Cámara Nacional Electoral no contienen información sobre las características socioeconómicas de los votantes ni de sus hogares. De todas maneras, es posible inferir algunas de esas características usando datos provenientes del Censo de Población del año 2010 – haciendo coincidir los radios censales con los circuitos electorales (agradezco enormemente a Andy Tow por haber compartido sus mapas de circuitos electorales). Esta coincidencia ha sido posible hacerla para el Área Metropolitana de Buenos Aires (Ciudad de Buenos Aires y 24 partidos del Gran Buenos Aires), el departamento Capital, en Córdoba, y la municipalidad de Rosario, en Santa Fe. Nuestra sub-muestra cubre en total 586 circuitos electorales. 



Las variables socioecónomicas que están disponibles en el cuestionario básico del Censo 2010 no son muchas pero sirven para tener una idea clara de las características principales de los hogares y los individuos que los componen. Para nuestro análisis hemos seleccionado las siguientes: años de educación del/la jefe/a de hogar, posesión de teléfono de línea y un indicador de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI). En el gráfico 2 se pueden observar los resultados de una regresión no paramétrica entre la participación electoral de los tres principales grupos de edad y las tres variables socioeconómicas seleccionadas. En primer lugar se aprecia que tanto, la participación electoral de jóvenes de 16 y 17 años y mayores de 70 años es más alta en aquellos circuitos electorales donde los/as jefes/as de hogar tienen más años de educación (la relación es plana para los votantes de entre 18 y 69 años). Un patrón similar se observa con respecto a la posesión de un teléfono de línea, un indicador que ha sido señalado por estar altamente correlacionado con el nivel socioeconómico del hogar. Por último, el gráfico 2 también nos muestra la relación entre la participación electoral y el porcentaje de hogares con al menos una necesidad básica insatisfecha en cada circuito. Nuevamente los resultados indican que en circuitos donde ese indicador es más bajo la participación electoral de jóvenes de 16 y 17 y mayores de 70 es más alta que en aquellos circuitos donde ese mismo indicador es más alto. La correlación no es necesariamente lineal ya que no parece haber grandes diferencias en la participación electoral en aquellos circuitos donde el porcentaje de hogares con al menos una NBI supera el 10%.

Gráfico 2



Las consecuencias sobre la representación política

La ampliación del derecho al voto a grupos previamente excluidos tiene impactos indudables sobre la representación política y, por ende, en las políticas públicas. Los estudios de Miller (2008), sobre la extensión del voto a las mujeres, y de Naidu (2012), sobre las restricciones al voto de la población negra en Estados Unidos, presentan evidencia al respecto. Es más limitada, en cambio, la literatura sobre el impacto de una extensión del derecho al voto a ciudadanos más jóvenes 



El breve plazo transcurrido desde la sanción de la ley 26.774 -solamente las elecciones de 2013 y 2015 han contado con la participación de jóvenes de 16 y 17 años- no nos permite dar todavía una respuesta para el caso argentino. De todas maneras, el análisis que se ha hecho con los datos que se poseen indica que en aquellos circuitos electorales con un nivel socioeconómico más alto la participación electoral de los jóvenes de 16 y 17 años es más alta; por otra parte, los factores que están asociados con una mayor participación electoral en los jóvenes de 16 y 17 años también lo están para los mayores de 70 años. Este último hecho sugiere que probablemente factores similares estarían asociados a la participación electoral de los adultos entre 18 y 69 años de edad si la misma fuera voluntaria. En ese sentido, la eximición de la obligatoriedad del voto podría llevar a una polarización del electorado: a los ojos de los representantes, solamente serían importantes las preferencias de quienes son simplemente muchas personas (los sectores más pobres) y de quienes se movilizan más (los sectores más ricos). Para una adecuada representación de los ciudadanos y una democracia incluyente quizás, en el contexto argentino, la obligatoriedad del voto es una herramienta correcta.

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